Artículo 86 Ley 20/1991, de 7 de junio, modificación aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.

Normativa
Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias.

Artículo 86. Garantías de las devoluciones.




    La Consejería competente en materia de  Hacienda del Gobierno de Canarias podrá exigir a los sujetos pasivos la  presentación de las garantías suficientes en los supuestos de  devoluciones a que se refiere el artículo anterior.


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