Artículo 24 bis Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, IVA

Normativa
Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, que aprueba el reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Artículo 24 bis. Base imponible para ciertas operaciones.




    En las operaciones en las que la base imponible deba determinarse conforme a lo dispuesto por el artículo 79.diez de la Ley del Impuesto, la concurrencia o no de los requisitos que establece dicho precepto se podrá acreditar mediante una declaración escrita firmada por el destinatario de las mismas, dirigida al sujeto pasivo en la que aquél haga constar, bajo su responsabilidad, que el oro aportado fue adquirido o importado con exención del impuesto por aplicación de lo dispuesto en el artículo 140 bis.uno.1.o de la Ley del Impuesto, o no fue así.


NOTA: Redacción modificada por Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre.

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