Artículo 83 Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, IVA

Normativa
Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, que aprueba el reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Artículo 83.  Sujetos pasivos acogidos al régimen del  recargo de equivalencia.




    Los sujetos pasivos acogidos al régimen especial del  recargo de equivalencia no incurrirán en la infracción simple  tipificada en el número 1.º del apartado dos del artículo 170  de la Ley del Impuesto, cuando efectúen la comunicación a que  se refiere el mencionado precepto mediante escrito presentado  en la Delegación o Administración de la Agencia Estatal de  Administración Tributaria correspondiente a su domicilio  fiscal.

Legislación



- Indice del Reglamento 1624/1992 del IVA

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