Artículo 50. Importaciones de bienes destinados a los organismos competentes en materia de protección de la propiedad intelectual o industrial.
Estarán exentas del impuesto las importaciones de marcas, modelos o diseños, así como de los expedientes relativos a la solicitud de derechos de propiedad intelectual o industrial destinados a los organismos competentes para tramitarlos.Legislación
- Indice de la Ley 37/1992 del IVASiguiente: Artículo 51 Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, IVA
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