Artículo 118 Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, IVA

Normativa
Ley 37/1992, del 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Artículo 118. Garantías de las devoluciones.




    La Administración Tributaria podrá exigir de los sujetos pasivos la prestación de garantías suficientes en los supuestos de devolución regulados en este capítulo.

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- Devolución general de cuotas.
- Devolución mensual.
- Devolución en régimen de viajeros.
- Infracciones y sanciones por obtener indebidamente devoluciones
- Infracciones y sanciones por solicitar indebidamente devoluciones


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