Consulta número 919 Fecha: 15 de abril de 1994 | ![]() |
Órgano: Dirección General de Coordinación con las Agencias Territoriales |
NORMATIVA:
LEY 39/1988: Art. 86.1.
R.D. LEG. 1175/1990:
INSTRUCCIÓN:
Reglas 4ª.2, 10ª.3 y 14ª.1.F),h).
TARIFAS:
Comercio al por mayor: almacenes y depósitos cerrados al público.
La Entidad consultante desea saber la consideración que debe darse a un local, del que es titular una sociedad dedicada al comercio al por mayor de vehículos, destinado a la exposición de vehículos nuevos y teniendo en cuenta que dicha exposición permanece cerrada al público.
En conclusión, el comerciante mayorista de vehículos al que se refiere la consulta deberá satisfacer la cuota de Tarifa correspondiente a su actividad comercial ejercida en el local dedicado a exposición.
Las cuestiones planteadas en la presente consulta ya han sido resueltas por la Dirección General de Coordinación con las Haciendas Territoriales en la contestación a la consulta núm. 281, que se da por reproducida.
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