Registro contable de Acreedores por Fondo de Reserva Obligatorio a corto plazo. Cuenta 5211.

Normas sobre los Aspectos Contables de las Sociedades Cooperativas

5211Acreedores por Fondo de Reserva Obligatorio a corto plazo

Pyme y Normal    En cuanto al «Fondo de Reserva Obligatorio» repartible a corto plazo que se califique como pasivo financiero, a efectos de su registro contable, se empleará la cuenta:

    5211. «Acreedores por Fondo de Reserva Obligatorio a corto plazo».

    Importe del Fondo de Reserva Obligatorio repartible que tenga la calificación de pasivo financiero.

    Su movimiento es el siguiente:

    a) Se abonará, por la aplicación del resultado de la sociedad cooperativa con los criterios establecidos en la ley, con cargo a la cuenta 129, o a la cuenta 6647, en caso de que la dotación no sea discrecional.
   
    b) Se cargará por la disposición que se haga del fondo, en los términos previstos en la ley.



Asientos Contables



- Asientos acreedores fondo obligatorio.

Legislación



- Art. 55 Ley 27/1999. Fondo de reserva obligatorio.
- Norma 4ª Orden EHA/3360/2010. Fondos de reserva específicos de las sociedades cooperativas.

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