Índice Decreto 58/2005, de 29 de marzo, por el que se aprueba la Ley de cooperativas de Euskadi

Normativa

DECRETO 58/2005, de 29 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Cooperativas de Euskadi

FICHA NORMATIVA
Fecha de Publicación:19/04/2005
Entrada en vigor:20/04/2005
Normas complementarias:Decreto 84/2023, de 07/07/2023 (BOPV 129)
Última modificación:DECRETO 152/2006, de 18/07/2006
Estado:DEROGADO


  Redacción válida hasta 07/08/2023, entrada en vigor de Decreto 84/2023, de 7 de julio, de  organización y funcionamiento del Registro de Cooperativas de Euskadi.



Exposición de Motivos

CAPÍTULO I. Disposiciones generales


Artículo 1. Participación en la actividad cooperativizada.
Artículo 2. Modalidades de los socios.
Artículo 3. Socios adscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Artículo 4. Ejercicio de la opción para ser socio trabajador o de trabajo de duración indefinida.
Artículo 5. Calificación de la baja por finalización del vínculo social temporal.

CAPÍTULO II. Régimen económico


Artículo 6. Capital social.
Artículo 7. Destino de la reserva de regularización de balance al capital social.
Artículo 8. Reembolso de aportaciones.
Artículo 9. Transmisibilidad de las aportaciones.
Artículo 10. Aportaciones Financieras Subordinadas con consideración de Capital Social.
Artículo 11. Destino de las reservas disponibles.
Artículo 12. Imputación de pérdidas.
Artículo 13. Participación de los trabajadores asalariados en los resultados.
Artículo 14. Fondo de Educación y Promoción Cooperativa.
Artículo 15. Necesidades empresariales que exijan soluciones inviables en el sistema jurídico cooperativo.
Artículo 16. Anticipos laborales.
Artículo 17. Régimen económico en el proceso de liquidación.

CAPÍTULO III. Aspectos relacionados con el funcionamiento de los órganos sociales de las cooperativas


Artículo 18. Voto proporcional por clases o modalidades de socios diferenciados.
Artículo 19. Adopción de acuerdos del Consejo Rector.
Artículo 20. Secciones.
Artículo 21. Funciones de la Comisión de Vigilancia en cooperativas con Auditoria de Cuentas externa.

CAPÍTULO IV. Clases de cooperativas


Artículo 22. Centro de trabajo subordinado o accesorio.
Artículo 23. Cooperativas Mixtas.
Artículo 24. Cooperativas Integrales.
Artículo 25. Grupos Cooperativos.

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