Disposición adicional sexta, aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Cooperativas de Euskadi.

Normativa
Decreto 84/2023, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Cooperativas de Euskadi.

Disposición adicional sexta. Memoria registral.



    Al menos cada dos años se elaborará una memoria del Registro, en la que se expondrán los principales problemas surgidos al aplicar este reglamento y se propondrán reformas para perfeccionar los recursos humanos y materiales, así como el funcionamiento de la oficina registral.



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