Disposición Final 5ª. Ley 12/2015, de 9 de julio de Cooperativas de Cataluña

Normativa
Ley 12/2015, de 9 de julio, de Cooperativas de Cataluña

Disposición final quinta. Adaptación de la normativa de secciones de crédito.



    El Gobierno ha de realizar todas las actuaciones necesarias para la adaptación de la normativa legal que regula el funcionamiento de las secciones de crédito de las cooperativas en el plazo de un año a contar desde la publicación de la presente ley.

Siguiente: Disposición Final 6ª. Ley 12/2015, de 9 de julio de Cooperativas de Cataluña

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos