Artículo 87. Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto, texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón

Normativa
Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto , texto refundido de la Ley de cooperativas de Aragón

Artículo 87. Concepto y caracteres.




    Son las que tienen por objeto el ejercicio de la actividad aseguradora en cualquiera de las ramas admitidas en derecho. Se regularán por lo dispuesto en su legislación específica y, supletoriamente, por lo establecido en esta ley.

Legislación



Art. 101 Ley 27/1999 LGC. De las cooperativas de seguros. Normativa aplicable.

Equivalencia Normativa



- Equivalencia Ley anterior artículo 87 LEY 9/1998.

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