Artículo 67. Decreto 214/2015, Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro Cooperativas de CLM

Normativa
Decreto 214/2015, Reglamento de Organización y Funcionamiento Registro Cooperativas de CLM

Artículo 67. Denominación de las entidades asociativas de cooperativas.



    Para la composición de la denominación de las asociaciones de cooperativas se observará lo establecido por el Capítulo IV del Título V del presente reglamento, en la medida que le fuera aplicable, con las especialidades previstas en el artículo 164.3 de la Ley 11/2010, de 4 de noviembre.

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