Artículo 64. Decreto 214/2015, Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro Cooperativas de CLM

Normativa
Decreto 214/2015, Reglamento de Organización y Funcionamiento Registro Cooperativas de CLM

Artículo 64. Eficacia de la inscripción de las entidades asociativas de cooperativas.



    Los actos que según el presente reglamento deban acceder al libro de inscripción de asociaciones, uniones, federaciones y confederaciones de cooperativas, relativos a aquellas entidades que agrupen a las cooperativas reguladas en la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, se inscribirán en el registro de cooperativas de Castilla-La Mancha, con carácter declarativo.

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