Artículo 6, Ley 4/2017, de 30 de noviembre, de Microempresas y Cooperativas Rurales de Castilla-La Mancha.

Normativa
Ley 4/2017, de 30 de noviembre, de Microempresas Cooperativas y Cooperativas Rurales de Castilla-La Mancha

Artículo 6. Socias y socios.




    1. La microempresa cooperativa estará constituida por un mínimo de dos y un máximo de diez socias y socios ordinarios.

    2. También podrá contar con personas socias colaboradoras en los términos del artículo 25 de la Ley 11/2010, de 4 de noviembre.

    3. Los requisitos para adquirir la condición de persona socia serán los previstos en la Ley 11/2010, de 4 de noviembre.


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