Artículo 37. Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto, texto refundido de la Ley de Cooperativas de Aragón

Normativa
Decreto Legislativo 2/2014, de 29 de agosto , texto refundido de la Ley de cooperativas de Aragón

Artículo 37. Concepto y competencias.  




    El consejo rector es el órgano de representación, gobierno y gestión de la sociedad cooperativa, con sujeción a la política fijada por la asamblea general. Los estatutos podrán determinar las competencias que con carácter exclusivo, correspondan al consejo rector.


Legislación



Art. 32 Ley 27/1999 LGC. Del Consejo Rector. Naturaleza, competencia y representación.

Equivalencia Normativa



- Equivalencia Ley anterior artículo 37 LEY 9/1998.

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