Artículo 23. Ley 20/1990, de 19 de diciembre, de Régimen Fiscal de Cooperativas.

Normativa
Ley 20/1990, de 19 de diciembre, régimen fiscal de cooperativas

Artículo 23. Cuota tributaria.




    La suma algebraica de las cantidades resultantes de aplicar a las bases imponibles, positivas o negativas, los tipos de gravamen correspondientes, tendrán la consideración de cuota integra cuando resulte positiva.
    

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- Intrucciones específicas de cooperativas para rellenar el Modelo 200.

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