Artículo 20, Ley 4/2017, de 30 de noviembre, de Microempresas y Cooperativas Rurales de Castilla-La Mancha.

Normativa
Ley 4/2017, de 30 de noviembre, de Microempresas Cooperativas y Cooperativas Rurales de Castilla-La Mancha

Artículo 20. Denominación.




    Las cooperativas rurales incluirán necesariamente en su denominación social la mención "Sociedad Cooperativa Rural de Castilla-La Mancha" o "S. Coop. Rural de C-LM".

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