Artículo 18. Decreto 214/2015, Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro Cooperativas de CLM

Normativa
Decreto 214/2015, Reglamento de Organización y Funcionamiento Registro Cooperativas de CLM

Artículo 18. Redacción de los asientos.



    1. La redacción de los asientos se hará de forma sucinta, con referencia al título objeto de inscripción, o anotación, debiendo recoger los siguientes extremos: a) Número y fecha del asiento.

    b) Clase de acto.

    c) Naturaleza del título que lo contiene: 1º. Si se trata de un documento público, se incluirá el nombre del notario autorizante, juez, tribunal o funcionario que lo expide.

    2º. Si se trata de un documento privado, se incluirá el nombre de las personas que lo suscriban.

    d) Contenido del acto.

    e) En su caso, resolución favorable a la inscripción.

    2. Cuando se trate de asientos relativos al depósito de cuentas, se indicará el tipo de documento depositado, la fecha de depósito, si el depósito de efectúa o no fuera de plazo y el ejercicio económico al que corresponden las cuentas.

    3. Los datos u otras circunstancias ya inscritos podrán sustituirse por simples referencias, con objeto de evitar su reiteración.

    4. Cuando haya de hacerse constar en los asientos la identidad de una persona, se consignarán: a) Para las personas físicas, las circunstancias personales, que serán: nombre y apellidos, número de documento nacional de identidad, o en su caso, tarjeta de residencia, domicilio habitual y, en su caso, nacionalidad.

    b) Para las personas jurídicas, la razón social o denominación, los datos de identificación registral, en su caso, el domicilio y el número de identificación fiscal.

    c) Para las comunidades de bienes, las circunstancias personales del partícipe previamente designado por los comuneros, con expresión del número de identificación fiscal de la comunidad de bienes.

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