Artículo 14. Ley 11/2010, de 4 de Noviembre, de Cooperativas de Castilla-La Mancha

Normativa
Ley 11/2010, de 4 de noviembre, de cooperativas de Castilla La Mancha

Artículo 14. Estatutos sociales.




    1. En los estatutos de las sociedades cooperativas sujetas a la presente Ley se incluirán como mínimo las siguientes menciones:

    a) La denominación de la cooperativa.
    b) El domicilio social.
    c) El objeto social.
    d) El capital social mínimo.
    e) El ámbito territorial donde la cooperativa desarrollará las actividades cooperativizadas con sus socios.
    f) La duración de la cooperativa.
    g) Las distintas clases de socios, los requisitos exigidos para integrarse en cada clase así como el régimen de su baja y, en caso de prohibición de ésta, el régimen de transmisión de sus participaciones cooperativas.
    h) La cuantificación y el establecimiento del régimen de la participación mínima del socio en la actividad cooperativa que desarrolla su objeto y fin social, pudiendo establecer y regular el principio de exclusividad.
    i) Las obligaciones y derechos de los socios.
    j) Las normas de disciplina social, la tipificación de las infracciones y sanciones, el procedimiento sancionador, los recursos, así como los supuestos de pérdida forzosa de la condición de socio.
    k) La forma de publicidad y el plazo para convocar la asamblea general, ordinaria y extraordinaria, en primera y segunda convocatoria.
    l) La participación social obligatoria mínima al capital social para adquirir la condición de socio de la cooperativa, así como los criterios para determinar la participación obligatoria mínima que deberán efectuar los futuros socios.
    m) La composición del órgano de administración y, en su caso, del de intervención, del comité de recursos y de otros órganos facultativos integrados en la estructura de la cooperativa, así como la duración del mandato de sus miembros y el sistema de acceso y renovación de estos órganos.
    n) El régimen de transmisión de las participaciones sociales y, en su caso, de la condición de socio, así como, eventualmente, las condiciones en que procediere hacer ejercicio del derecho de reembolso de las participaciones.
    o) El régimen de las secciones que se creen, en su caso, en la cooperativa.
    p) Las causas de disolución de la cooperativa y las normas para su liquidación.
    q) En general, cualquier otra mención o materia exigida por la presente Ley y, en especial, todas aquellas requeridas en función de la clase de cooperativa que pretenda fundarse.

    2. Las personas fundadoras y promotoras de la cooperativa podrán, con carácter previo a la elevación a pública de la escritura de constitución, solicitar del Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha la calificación previa del proyecto de estatutos, que deberá resolverse en el plazo que reglamentariamente se establezca y que, en ningún caso, podrá exceder de treinta días naturales.
A la solicitud de dicha calificación previa habrá de acompañarse el proyecto de estatutos y el acta de la asamblea constituyente, en su caso.

    3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, los estatutos podrán ser desarrollados a través del Reglamento de Régimen Interno, que deberá ser aprobado, en atención a su contenido y alcance, bien por la asamblea general o bien por la asamblea de Sección.

    4. Los estatutos podrán incluir la cláusula de sometimiento a los procedimientos de arbitraje, conciliación y mediación cooperativos.

    NOTA: Redacción modificada (apartado 2) por la Ley 4/2017, de 11 de diciembre.

Equivalencia Normativa



Art. 11 Ley 27/1999 LGC. Contenido de los Estatutos.

Asientos Contables



- Por las aportaciones al Capital Social Cooperativo.

Asientos Cuenta 100 Capital Social Cooperativo.
Asientos Cuenta 1181 Aportaciones de socios en cooperativas.

- Por la baja del socio.

Asiento Cuenta 1710 Deudas a l/p con los socios por baja.
Asiento Cuenta 5210 Deudas a c/p con los socios por baja.

- Por el reembolso de las aportaciones.

Asientos Cuenta 1145 Fondo de Reembolso o Actualización.
Asientos Cuenta 1712 Acreedores por Fondo de Reembolso o Actualización a l/p.
Asientos Cuenta 5212 Acreedores por Fondo de Reembolso o Actualización a c/p.

- Por las sanciones.

Asientos Cuenta 657 Dotación al FEFP por sanciones a socios.

Formularios



Modelos de estatutos para los distintos tipos de cooperativas.

Siguiente: Artículo 15. Ley 11/2010, de 4 de Noviembre, de Cooperativas de Castilla-La Mancha

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos