Artículo 11. Decreto 214/2015, Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro Cooperativas de CLM

Normativa
Decreto 214/2015, Reglamento de Organización y Funcionamiento Registro Cooperativas de CLM

Artículo 11. Libro de inscripción de sociedades cooperativas.



    1. Al libro de inscripción de sociedades cooperativas accederán los títulos y demás actos inscribibles de conformidad con la Ley 11/2010, de 4 de noviembre, y el presente reglamento.

    2. Al practicar la primera inscripción constitutiva de la cooperativa se abrirá la correspondiente hoja registral en la que constarán los siguientes datos mínimos para su identificación:

    a) Número de inscripción de la cooperativa y, en su caso, el número con el que figurase inscrita en el anterior registro.

    b) Denominación social de la cooperativa.

    c) Domicilio social.

    d) Clase y/o grado.

    e) Objeto social.

    f) Fecha de inscripción.

    g) Número de la clasificación nacional de actividades económicas.

    h) Número inicial de socios y clase de los mismos.

    i) Capital social mínimo.

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