Artículo 105. Ley 8/2006, de 16 de noviembre, de Cooperativas de Murcia

Normativa
Ley 8/2006, de 16 de noviembre, Ley de cooperativas de Murcia

Artículo 105. Socios trabajadores en situación de prueba.




    1. Los Estatutos sociales podrán prever un periodo de prueba como requisito para la admisión como socio trabajador y la posibilidad de reducirlo o suprimirlo por acuerdo entre la sociedad cooperativa y el aspirante a socio trabajador. El número de socios trabajadores en situación de prueba no excederá del veinte por ciento del total de socios trabajadores de la sociedad cooperativa.

    2. El periodo de prueba no excederá de seis meses y será fijado por el Consejo Rector. No obstante, los Estatutos sociales podrán establecer que el Consejo Rector o, en su caso, la Asamblea General, fijen un periodo máximo de prueba de dieciocho meses para los puestos de trabajo cuyo desempeño exija especiales condiciones profesionales.

    3. Los aspirantes a socios trabajadores ordinarios tendrán los mismos derechos y obligaciones que aquellos, con las siguientes particularidades:

    a) Podrán resolver la relación por libre decisión unilateral, facultad que también se reconoce al Consejo Rector.

    b) No podrán ser elegidos para los cargos de los órganos de la sociedad.

    c) No tendrán derecho de voto en la Asamblea General en aquellos puntos del orden del día que les afecten personal y directamente.

    d) No estarán obligados ni facultados para hacer aportaciones al capital social ni para desembolsar, en su caso, la cuota de ingreso.

    e) No les alcanzará la imputación de pérdidas que se produzcan en la sociedad cooperativa durante el periodo de prueba, ni tendrán derecho al retorno cooperativo, sin perjuicio de su derecho a percibir de los excedentes disponibles la misma cuantía que se reconozca a los asalariados.

Equivalencia Normativa



Art. 81 Ley 27/1999 LGC. Socios en situación de prueba.

Asientos Contables



- Por la distribución de excedentes.

Asientos Cuenta 112 Fondo de Reserva Obligatorio.
Asientos Cuenta 113 Fondo de Reserva Voluntario.
Asientos Cuenta 1713 Acreedores por Fondo de Reserva Voluntario a l/p.
Asientos Cuenta 1715 Retorno cooperativo y remuneración discrecional a pagar a l/p.
Asientos Cuenta 507 Dividendos de acciones o participaciones consideradas como pasivos financieros.
Asientos Cuenta 5213 Acreedores por Fondo de Reserva Voluntario a c/p.
Asientos Cuenta 526 Retorno cooperativo y remuneración discrecional a pagar a c/p.
Asientos Cuenta 657 Dotación al Fondo de Educación, Formación y Promoción.

- Por la imputación de pérdidas.

Asientos Cuenta 100 Capital Social Cooperativo.
Asientos Cuenta 112 Fondo de Reserva Obligatorio.
Asientos Cuenta 113 Fondo de Reserva Voluntario.
Asientos Cuenta 2527 Créditos a l/p con socios por pérdidas a compensar.
Asientos Cuenta 5427 Créditos a c/p con socios por pérdidas a compensar.

ANEXOS

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