Artículo 10. Ley 11/2010, de 4 de Noviembre, de Cooperativas de Castilla-La Mancha

Normativa
Ley 11/2010, de 4 de noviembre, de cooperativas de Castilla La Mancha

Artículo 10. Personalidad jurídica.




    1. La cooperativa se constituirá mediante escritura pública, que deberá inscribirse en la correspondiente unidad del Registro de Cooperativas de Castilla-La Mancha, adquiriendo desde ese momento personalidad jurídica.

    2. Los pactos que se mantengan reservados entre los socios no serán oponibles a la sociedad.

    NOTA: Redacción modificada (se elimina el apartado 2, pasando el apartado 3 a ser el apartado 2) por la Ley 4/2017, de 11 de diciembre.

Equivalencia Normativa



Art. 7 Ley 27/1999 LGC. Constitución e inscripción.

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