Definición de entidad extranjera

Glosario de términos contables

ENTIDAD EXTRANJERA



    Entidad extranjera a los efectos del IS es aquella que no cumple ninguno de los sigientes requisitos:
  1. Que se haya constituido conforme a las leyes españolas.
  2. Que tenga su domicilio fiscal en España.
  3. Que tenga la sede de dirección efectiva en territorio español.

    Por contraposición, si una entidad cumpliera alguno de los requisitos anteriores se consideraría residente.

    También, por contraposición, el art.8.1,tercer párrafo de la Ley 24/2014 establece la presunción de no residencia en España cuando:
  1. Los activos principales consistan en bienes o derechos que se cumplan o ejerciten en territorio español.
  2. Cuando su actividad principal se desarrolle fuera del teritorio español.

  

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