993TRANSFERENCIA POR DETERIORO DE AJUSTES VALORATIVOS NEGATIVOS PREVIOS, EMPRESAS DE GRUPO
a) Se abonarán en el momento en que se produzca el deterioro del activo financiero, por los ajustes valorativos negativos previos, con cargo a las cuentas 696 ó 698.
b) Se cargarán, al cierre del ejercicio, con abono a la cuenta 133.
Siguiente: Cuenta 994 Transferencia por deterioro de ajustes valorativos negativos previos, empresas asociadas
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Real Decreto Legislativo 1/1996, de la Propiedad intelectual.