Plan Contable
902TRANSFERENCIA DE PÉRDIDAS DE ACTIVOS FINANCIEROS DISPONIBLES PARA LA VENTA
Normal Su movimiento es el siguiente: a) Se abonará: a1) En el momento en que se produzca la baja o enajenación del activo financiero disponible para la venta, incluidos los que hayan sido objeto de reclasificación, porel saldo negativo acumulado en el patrimonio neto con cargo a la cuenta 6632. a2) En el momento en que se produzca el deterioro del instrumento financiero, por el saldo negativo acumulado en el patrimonio neto con cargo a las cuentas de los correspondientes instrumentos de deuda o a la cuenta 696 en el caso de inversiones en instrumentos de patrimonio. a3) En caso de reclasificación a una inversión mantenida hasta el vencimiento, por el saldo negativo acumulado en el patrimonio neto que se reconoce en la cuenta de pérdidas y ganancias a lo largo de su vida residual, con una minoración de los ingresos financieros en los términos establecidos en la norma de registro y valoración, con cargo a la cuenta 761. b) Se cargará, al cierre del ejercicio, con abono a la cuenta 133.
NOTA: Redacción modificada por RD 1159/2010, de 17 de septiembre.
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