792. REVERSION DEL DETERIORO DE LAS INVERSIONES INMOBILIARIAS Corrección valorativa, por la recuperación de valor, del inmovilizado intangible y material y de las inversiones inmobiliarias, hasta el límite de las pérdidas contabilizadas con anterioridad. Se abonarán por el importe de la corrección de valor, con cargo a las
cuentas 290,
291,
292 o a la cuenta 599.

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NRV 4.ª Inversiones Inmobiliarias-
Resolución de 18 de septiembre de 2013 del ICAC Normas de registro y valoración e información a incluir en la memoria de las cuentas anuales sobre el deterioro del valor de los activos-
Resolución de 1 de marzo de 2013 del ICAC normas de registro y valoración del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias
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