4740 ACTIVOS POR DIFERENCIAS TEMPORARIAS DEDUCIBLES Activos fiscales por diferencias que darán lugar a menores cantidades a pagar o mayores cantidades a devolver por impuestos sobre beneficios en ejercicios futuros, normalmente a medida que se recuperen los activos o se liquiden los pasivos de los que se derivan. a) Se cargará: a1) Por el importe del activo por diferencias temporarias deducibles originado en el ejerci cio, con abono, generalmente, a la
cuenta 6301. a2) Por el importe de los activos por diferencias temporarias deducibles que surja en una transacción o suceso que se hubiese reconocido directamente en una partida del patrimonio neto, con abono a la cuenta 8301. a3) Por el aumento de los activos por diferencias temporarias deducibles, con abono, generalmente, a la
cuenta 638. a4) Por el aumento de los activos por diferencias temporarias deducibles originados en una transacción o suceso que se hubiese reconocido directamente en una partida del patrimonio neto, con abono, a la cuenta 838. b) Se abonará: b1) Por las reducciones de los activos por diferencias temporarias deducibles, con cargo, generalmente, a la
cuenta 633. b2) Por las reducciones de los activos por diferencias temporarias deducibles originadas en una transacción o suceso que se hubiese reconocido directamente en una partida del patrimonio neto, con cargo a la cuenta 833. b3) Cuando se imputen los activos por diferencias temporarias deducibles, generalmente, con cargo a la
cuenta 6301. b4) Cuando se imputen los activos por diferencias temporarias deducibles originados en una transacción o suceso que se hubiese reconocido directamente en unapartida del patrimonio neto, con cargo a la cuenta 8301.
Gastos financieros mayores que los gastos fiscalmente deducibles