460ANTICIPO DE REMUNERACIONES
Cualesquiera otros anticipos que tengan la consideración de préstamos al personal se incluirán en la cuenta 544 o en la cuenta 254, según el plazo de vencimiento.
Figurará en el activo corriente del balance.
Con carácter general, su movimiento es el siguiente:
a) Se cargará al efectuarse las entregas antes citadas, con abono a cuentas del subgrupo 57.
b) Se abonará al compensar los anticipos con las remuneraciones devengadas, con cargo a cuentas del subgrupo 64.
Asientos Contables
Asiento de pago de sueldos y salarios con anticipo de remuneración
Asiento de ingresos por servicios al personal con cargo a la nómina
Jurisprudencia y Doctrina
- NRV 8.ª Activos financieros
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