252 CRÉDITOS A LARGO PLAZO Los préstamos y otros créditos no comerciales concedidos a terceros, incluidos los formalizados mediante efectos de giro, con vencimiento superior a un año. Cuando los créditos hayan sido concertados con partes vinculadas, la inversión se reflejará en la
cuenta 242. Figurará en el activo no corriente del balance. Su movimiento es el siguiente: a) Se cargará: a1) A la formalización del crédito, por el importe de éste, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57. a2) Por el ingreso financiero devengado hasta alcanzar el valor de reembolso del crédito, con abono, generalmente, a la
cuenta 762. b) Se abonará por el reintegro anticipado, total o parcial o baja del activo, con cargo, generalmente, a cuentas del subgrupo 57 y en caso de pérdidas a la
cuenta 667.