174. ACREEDORES POR ARRENDAMIENTO FINANCIERO A LARGO PLAZO Deudas con vencimiento superior a un año con otras entidades en calidad de cedentes del uso de bienes, en acuerdos que deban calificarse como arrendamientos financieros en los términos recogidos en las normas de registro y valoración. a) Se abonará: a1) Por la recepción a conformidad del derecho de uso sobre los bienes suministrados, con cargo a cuentas del grupo 2. a2) Por el gasto financiero devengado hasta alcanzar el valor de reembolso de la deuda, con cargo, generalmente, a la
cuenta 662. b) Se cargará por la cancelación anticipada, total o parcial, de las deudas, con abono, generalmente, a cuentas del subgrupo 57.

Caso Práctico
Arrendamiento Financiero. LeasingCaso Práctico
Arrendamiento Financiero. Renting 
Asiento de
formalización de contrato leasing con opción a compra Asiento de
formalización de contrato Lease-Back 
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NRV 7.ª Arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar-
NRV 9.ª Pasivos financieros
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