Consulta BOICAC 49. Registro de Avales Otorgados

BOICAC Nº 49/2002 - Consulta 1

CONSULTA:

   Consulta sobre registro contable de los avales otorgados tanto se ejecuten o no.



RESPUESTA:

    La información a incluir en las cuentas anuales en relación con los avales que una empresa asume con respecto a otras personas, físicas o jurídicas, deberá recogerse en la memoria, en tanto este documento completa, amplía y comenta la información contenida en el balance y en la cuenta de pérdidas y ganancias, de acuerdo con lo establecido en la norma 7ª de elaboración de las cuentas anuales, contenida en la cuarta parte del Plan General de Contabilidad, aprobado por Real Decreto 1643/1990, de 20 de diciembre.


    En concreto, la información relativa al compromiso adquirido por la empresa al ejercer de avalista deberá indicarse en el apartado 16. "Garantías comprometidas con terceros y otros pasivos contingentes", del modelo normal, sin perjuicio de que según lo dispuesto en la norma de elaboración anteriormente mencionada "deberá indicarse cualquier otra información no incluida en el modelo de la memoria que sea necesaria para facilitar la comprensión de las cuentas anuales objeto de presentación, con el fin de que las mismas reflejen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa".

    Adicionalmente, hay que indicar que en la medida que exista un riesgo para la empresa que implique hacer frente a responsabilidades derivadas del citado aval, y de conformidad con el principio de prudenca recogido en la primera parte del Plan General de Contabilidad, la empresa deberá dotar una provisión para riesgos y gastos de acuerdo con la mejor estimación posible, con cargo a la partida de gastos por naturaleza que corresponda.

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