Consulta 3 BOICAC 104 Diciembre 2015. Sustitución de determinados componentes de una maquinaria.

BOICAC Nº 104/2015 - Consulta 3

CONSULTA:

   Sobre la sustitución de determinados componentes de una maquinaria cuando el importe es satisfecho por la empresa propietaria a cuenta de la deuda que ésta mantiene con el suministrador y fabricante de la máquina al encontrarse la misma en periodo de garantía.




RESPUESTA:

    La entidad consultante es una sociedad cuya actividad principal es la producción de energía eléctrica procedente de fuentes renovables, concretamente, energía eólica.

    El parque eólico fue construido por un proveedor extranjero y en el contrato de construcción se recoge un período de dos años como garantía. El pago de la maquinaria en cuestión se estipula en un plazo entre 5 y 8 años.

    Transcurrido el primer año se ve la necesidad de sustituir algunos componentes de la maquinaria por no estar en adecuadas condiciones y se acuerda que la empresa consultante adquiera los elementos necesarios a otros suministradores. Asimismo, se indica que, el coste desembolsado será descontado de la deuda que tiene con la empresa fabricante (proveedor inicial). De acuerdo con lo manifestado en la consulta, la sustitución de los elementos no afecta a la capacidad productiva de la maquinaria, ni alarga su vida útil.

    La renovación o sustitución de elementos del inmovilizado está regulada en la Resolución de 1 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por la que se dictan normas de registro y valoración del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias, Norma Segunda. Valoración Posterior, apartado 2.2. Renovación del inmovilizado material, en los siguientes términos:

    "1. La «renovación del inmovilizado» es el conjunto de operaciones mediante las que se recuperan las características iniciales del bien objeto de renovación.

    2. La renovación del inmovilizado, se reconocerá y valorará de acuerdo con los siguientes criterios:

    a) Se capitalizará, integrándose como mayor valor del inmovilizado material, el importe de las renovaciones efectuadas de acuerdo con el precio de adquisición o, en su caso, con el coste de producción, siempre que se cumplan las condiciones para su reconocimiento establecidas en la primera parte del Plan General de Contabilidad.
    b) Simultáneamente a la operación anterior se dará de baja el elemento sustituido, la amortización acumulada y las pérdidas por deterioro de valor, registrándose, en su caso, el correspondiente resultado producido en esta operación, por la diferencia entre el valor contable resultante y el producto recuperado.
    c) En caso de entrega de un elemento sustituido dentro del proceso de renovación, a cambio de un nuevo elemento, se aplicará lo relativo a las adquisiciones de inmovilizado entregando como pago parcial otro inmovilizado, tal como se desarrolla en la norma tercera de esta Resolución.
    d) Si la renovación afectase a una parte de un inmovilizado cuyo valor en libros no pueda identificarse claramente, el coste de la renovación podrá tomarse como indicativo de cuál era el coste del elemento que se sustituye".


    De acuerdo con lo anterior, en el caso que nos ocupa la empresa contabilizará los elementos adquiridos como mayor valor del inmovilizado material. Adicionalmente, se procederá a reconocer la compensación acordada con el proveedor como un derecho de cobro, a dar de baja el elemento sustituido por su valor en libros, y, en su caso, por diferencia, se registrará el correspondiente resultado.



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