INDEMNIZACIÓN DEL SEGURO DE CRÉDITO POR INSOLVENCIA DE DEUDOR
- Cliente A: 55.000 Euros. Bajo riesgo (10% Comisión).
- Cliente B: 122.000 Euros. Riesgo medio (15% Comisión).
- Cliente C: 200.000 Euros. Riesgo alto (25% Comisión).
- Cliente D: 95.000 Euros. Riesgo muy alto (35% Comisión).
Solución:
- Por la venta de mercaderías:
- Por la contratación del seguro de cobertura de riesgos de insolvencia:
- Por la oficialización de crédito incobrable del Grupo B:
- Al resultar impagado el crédito, se deberá revertir el coste impositivo:
- Por el pago del crédito del grupo A de clientes:
- Por la oficialización de los efectos de los clientes:
- Por el pago de la indemnización recibida por el seguro de crédito de B:
103.700,00 | Bancos c/c (572) | |
Ingresos excepcionales(122.000 - (122.000x15%)) | 103.700,00 |
- Por el pago tras sentencia judicial:
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