Caso Práctico de Contabilidad. Adquisiciones intracomunitarias de servicios. Gastos por publicidad de Google.

Casos prácticos de contabilidad

ADQUISICIONES INTRACOMUNITARIAS DE SERVICIOS. GASTOS POR PUBLICIDAD DE GOOGLE


    La empresa RCRCR decide registrase en Google Adwords con el objetivo de aumentar su visibilidad mediante una campaña publicitaria.

    Durante los meses de abril, mayo y junio RCRCR recibe facturas por este concepto por valor de 2.100, 1.800 y 2.200 euros, respectivamente.
  1. Determinar el registro contable correspondiente a las operaciones intracomunitarias señaladas.

  2. Cumplimentar el modelo 303 del impuesto conociendo además los siguientes datos del trimestre (cantidades sin IVA incluido: bases):
  • Facturación en régimen general (tipo 21%): 78.000 Euros.

  • Facturación entrega de bienes a Canarias: 10.000 Euros.

  • Facturación en recargo de equivalencia (tipo 5,20%): 5.000 Euros.

  • Facturación en régimen general (tipo 10%): 1.600 Euros.

  • Facturación en recargo de equivalencia (tipo 1%): 100 Euros.

  • Facturas rectificativas en régimen general (21%): 2.600 Euros.

  • Facturas recibidas con IVA soportado deducible (21%) bienes corrientes: 46.000 Euros.

  • Facturas recibidas con IVA soportado deducible (10%) bienes corrientes: 1.100 Euros.

  • Factura de compra de una máquina (21%): 6.000 Euros.

Solución:



    Las facturas de Google Adwords están disponibles a partir del quinto día laborable del mes siguiente. Los pagos de estas facturas se pueden realizar de manera automática o manualmente, de igual forma que se puede establecer un presupuesto mensual para eliminar la variabilidad en el coste publicitario entre un mes y otro. En este ejemplo vamos a establecer que los pagos se han configurado de forma automática, como establece Google para las cuentas nuevas.

    Por otra parte, como Google reside en un país miembro de la Unión Europea (Irlanda) y por tanto estamos ante una adquisición intracomunitaria de servicios, las facturas las emitirá sin IVA (o con un IVA del 0%). Esto se debe a que se produce la inversión del sujeto pasivo, es decir, somos nosotros los que debemos ingresar el IVA, de tal forma que habremos de registrar un IVA devengado y al mismo tiempo un IVA soportado de igual cuantía pues nos encontramos ante una compra de servicios, con la aplicación del tipo de gravamen correspondiente (21% en este caso) a la base imponible enviada por nuestro proveedor. El efecto del IVA resulta neutro.

    Teniendo esto presente, el registro contable de los gastos en publicidad por Google Adwords vendría dado de la siguiente forma:

  • 05.05.20X1, realizamos el asiento por los gastos de Abril:

2.100Publicidad web (627-)
441H.P. IVA intracomunitario de servicios soportado (472-)
Google (410-) 2.100
H.P. IVA intracomunitario de servicios repercutido (477-)441


2.100Google (410-)
Bancos c/c (572)2.100


  • 05.06.20X1, realizamos el asiento por los gastos de Mayo:

1.800Publicidad web (627-)
378H.P. IVA intracomunitario de servicios soportado (472-)
Google (410-)1.800
H.P. IVA intracomunitario de servicios repercutido (477-)378


1.800Google (410-)
Bancos c/c (572)1.800


  • 05.07.20X1, realizamos el asiento por los gastos de Junio:

2.200Publicidad web (627-)
XXX462 H.P. IVA intracomunitario de servicios soportado (472-)
Google (410-)2.200
H.P. IVA intracomunitario de servicios repercutido (477-)462


2.200Google (410-)
Bancos c/c (572)2.200


  • En la liquidación del IVA correspondiente al segundo trimestre del año, suponiendo que sólo se hubiesen realizado estas operaciones:

1.281H.P. IVA intracomunitario de servicios repercutido (477-)
H.P. IVA intracomunitario de servicios soportado (472-)1.281


    En el modelo 303 utilizaremos las casillas 10, 11, 36 y 37 para reflejar el IVA repercutido y soportado en las adquisiciones intracomunitarias, respectivamente.

    En este ejemplo hemos supuesto que los pagos eran automáticos. Si por el contrario, realizamos algún pago manual debemos tratarlo como un anticipo, con la diferencia de que al tratarse de una operación intracomunitaria no se devenga IVA. Imaginemos, a modo de ejemplo, un pago manual de 1.000 euros y un gasto final de 1.500 euros:

  • Cuando realicemos el pago manual:

1.000Anticipo a Google (417-)
Bancos c/c (572)1.000


  • Cuando recibamos la factura con el total:

1.500Publicidad web (627-)
315H.P. IVA intracomunitario de servicios soportado (472-)
Google (410-)500
Anticipo a Google (417-)1.000
H.P. IVA intracomunitario de servicios repercutido (477-)315


    Y por el pago de la diferencia:

500Google (410-)
Bancos c/c (572)500


Modelo 303 de Liquidación del IVA:


RÉGIMEN GENERAL

IVA devengado

Base Imponible

Tipo %

Cuota

Régimen General

01

 

02

 

03

 

04

1.600,00

05

10,00

06

160,00

07

78.000,00

08

21,00

09

16.380,00

Adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios

10

6.100,00

 

11

1.281,00

Otras operaciones con inversión del sujeto pasivo (excepto adq. intrac.)

12

13

Modificación bases y cuotas

14

- 2.600,00

15

- 546,00

Recargo equivalencia

16

 

17

 

18

 

19

100,00

20

1,00

21

1,00

22

5.000,00

23

5,20

24

260,00

Modificaciones bases y cuotas del recargo de equivalencia

25

 

 

26

 

Total cuota devengada ((03)+(06)+(09)+(11)+(13)+(15)+(18)+(21)+(24)+(26))

27

17.536,00

 

 

 

 

 

 

 

 

IVA deducible

Base Imponible

Cuota

Por cuotas soportadas en operaciones interiores corrientes

28

47.100,00

29

9.770,00

Por cuotas soportadas en op. interiores con bienes de inversión

30

6.000,00

31

1.260,00

Por cuotas soportadas en las importaciones de bienes corrientes

32

 

33

 

Por cuotas soportadas en las importaciones de bienes de inversión

34

 

35

 

En adquisiciones intracomunitarias de bienes y servicios corrientes

36

6.100,00

37

1.281,00

En adquisiciones intracomunitarias de bienes de inversión

38

 

39

 

Rectificación de deducciones

40

 

41

 

Compensaciones Régimen Especial A.G.y P.

42

 

Regularización bienes de inversión

43

 

Regularización por aplicación del porcentaje definitivo de prorrata

44

 

Total a deducir ((29)+(31)+(33)+(35)+(37)+(39)+(41)+(42)+(43)+(44)

45

12.311,00

 

Resultado régimen general ((27) - (45))

46

5.225,00




Información adicional

Entregas intracomunitarias de bienes y servicios

59

Exportaciones y operaciones asimiladas

60

10.000,00

Operaciones no sujetas por reglas de localización (excepto incluidas en casilla 123)

120

Operaciones sujetas con inversión del sujeto pasivo

122

Operaciones no sujetas por reglas de localización acogidas a los régimenes especiales de ventanilla única

123

Operaciones sujetas y acogidas a los régimenes especiales de ventanilla única

124

Exclusivamente para aquellos sujetos pasivos acogidos al régimen especial del criterio de caja y para aquéllos que sean destinatarios de operaciones afectadas por el mismo:

 

Base Imponible

Cuota

Importes de las entregas de bienes y prestaciones de servicios a las que habiéndoles sido aplicado el régimen especial del criterio de caja hubieran resultado devengadas conforme a la regla general de devengo contenida en el art. 75 LIVA

62

 

63

 

 

Base Imponible

Cuota Soportada

Importes de las adquisiciones de bienes y servicios a las que sea de aplicación o afecte el régimen especial del criterio de caja

74

 

75

 

Resultado

Regularización cuotas art. 80.Cinco.5º LIVA

76

 

Suma de resultados ((46)+(58)+(76))

64

5.225,00

Atribuible a la Administración del Estado

65

100%

66

5.225,00

IVA a la importación liquidado por la Aduana pendiente de ingreso

77

 

Cuotas a compensar pendientes de periodos anteriores

110

Cuotas a compensar de periodos previos aplicadas en este período

78

Cuotas a compensar de periodos previos para periodos posteriores ((110) - (78))

87

Exclusivamente para sujetos pasivos que tributan conjuntamente a la Administración del Estado y a las Diputaciones Forales. Resultado de la regularización anual.

Resultado ((66)+(77)-(67)+(68))

69

5.225,00

A deducir (exclusivamente en caso de autoliquidación complementaria): Resultado de la anterior o anteriores declaraciones del mismo concepto, ejercicio y periodo

70

 

68

 

Euros

Resultado de la liquidación ((69)-(70))

71

5.225,00

5.225,00

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 



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