Caso Práctico Contabilidad. Actualización Amortización Inmovilizado con nuevas tablas 2015

Casos prácticos de contabilidad

ACTUALIZACIÓN AMORTIZACIÓN INMOVILIZADO A LAS NUEVAS TABLAS DE 2015. CASO 2


    La Sociedad RCRCR posee una carretilla elevadora para el desarrollo de su actividad, a la que la actual tabla permite una amortización del 12%. Según la nueva tabla de 2015, la máxima amortización permitida será del 10%. La fecha de adquisición fue el 1 de enero de 2011, y su valor de adquisición fue de 20.000 euros. Durante los años 2011 a 2014 se ha venido amortizando con arreglo al coeficiente máximo permitido (12%) .

   ¿Qué cuotas de amortización debera dotar a partir del 1 de enero de 2015? ¿Durante cuánto tiempo se deberá amortizar la carretilla elevadora?


Solución:



     Tal y como observamos en el siguiente cuadro a fecha 31 de diciembre de 2014 su amortización acumulada es de 9.600 euros.

AñoValor amortizableCoeficiente de amortizaciónCuota amortización anualAmortización acumuladaValor pendiente amortizar
201120.00012%2.4002.40017.600
201220.00012%2.4004.80015.200
201320.00012%2.4007.20012.800
201420.00012%2.4009.60010.400


     En este caso, el valor neto fiscal (imaginemos que no existen aceleraciones ni libertad de amortización sobre este elemento) a 31 de diciembre de 2014 será de 10.400 euros. Este será el valor sobre el que deberemos aplicar la amortización contable.

     Teniendo en cuenta que la nueva tabla establece un coeficiente máximo de amortización del 10% para todo tipo de elemento de transporte interno, la vida útil derivada de este periodo máximo será de 10 años si amortizamos al tipo máximo, ya que si lo hiciéramos a un coeficiente inferior podríamos amortizarlo hasta un máximo de 20 años. En este caso el valor neto fiscal del elemento (10.400 euros) deberá amortizarse, de acuerdo con la disposición transitoria décimotercera de la Ley 27/2014, se amortizarán durante los períodos impositivos que resten hasta completar su nueva vida útil, de acuerdo con la referida tabla, sobre el valor neto fiscal del bien existente al inicio del primer período impositivo que comience a partir de 1 de enero de 2015". Aplicando estos nuevos coeficientes hemos pasado de amortizar la carretilla  en 8,33 años (100/12) a hacerlo en 10 años (100/10). Ya hemos amortizado 4 años por lo que nos quedan 6 años de amortización. Así tendríamos:

AñoValor amortizableCoeficiente de amortizaciónCuota amortización anualAmortización acumuladaValor pendiente amortizar
201510.40010% x (10/6)1.733,331.733,338.666,67
201610.40010% x (10/6)1.733,333.466,666.933,34
201710.40010% x (10/6)1.733,335.199,995.200,01
201810.40010% x (10/6)1.733,336.933,323.466,68
201910.40010% x (10/6)1.733,338.666,651.733,35
202010.40010% x (10/6)1.733,3310.400,000,00


     A continuación incluimos la nueva tabla de amortización de 2015 (Artículo 12.1 Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades):

    
Tipo de elementoCoeficiente lineal máximoPeriodo de años máximo
Obra civil
Obra civil general2%100
Pavimentos6%34
Infraestructuras y obras mineras7%30
Centrales
Centrales hidráulicas2%100
Centrales nucleares3%60
Centrales de carbón4%50
Centrales renovables7%30
Otras centrales5%40
Edificios
Edificios industriales3%68
Terrenos dedicados exclusivamente a escombreras4%50
Almacenes y depósitos (gaseosos, líquidos y sólidos)7%30
Edificios comerciales, administrativos, de servicios y viviendas2%100
Instalaciones
Subestaciones. Redes de transporte y distribución de energía5%40
Cables7%30
Resto instalaciones10%20
Maquinaria12%18
Equipos médicos y asimilados15%14
Elementos de transporte
Locomotoras, vagones y equipos de tracción8%25
Buques, aeronaves10%20
Elementos de transporte interno10%20
Elementos de transporte externo16%14
Autocamiones20%10
Mobiliario y enseres
Mobiliario10%20
Lencería25%8
Cristalería50%4
Útiles y herramientas25%8
Moldes, matrices y modelos33%6
Otros enseres15%14
Equipos electrónicos e informáticos. Sistemas y programas
Equipos electrónicos20%10
Equipos para procesos de información25%8
Sistemas y programas informáticos.33%6
Producciones cinematográficas, fonográficas, videos y series audiovisuales33%6
Otros elementos10%20


Jurisprudencia



Consulta 8 BOICAC nº 115/2018 Vida útil de inmueble con suelo no urbanizable

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