Asiento de venta de derechos de traspaso por importe mayor al de su valor contable
Notas sobre la Amortización.
La amortización es la expresión contable de la depreciación sufrida por el inmovilizado. Figura en el Activo del Balance restando valor al inmovilizado. En el caso de los derechos de emisión de gases de efecto invernadero, ésta no está permitida. Recoge los desembolsos recibidos por la enajenación de los derechos de arrendamientos de locales. El arrendatario mediante el desembolso realizado compra el derecho exclusivo a usar el bien por un determinado período de tiempo y la cuota de alquiler la pagará aparte. Se amortizará de modo sistemático, preferiblemente sin exceder de diez años. Obtendremos pérdidas en la venta de un inmovilizado cuando el importe que nos paguen por él sea inferior al valor contable de ese inmovilizado.+ | Valor de adquisición del inmovilizado |
- | Amortización Acumulada del inmovilizado (caso de que esté permitida) |
- | Deterioro del valor del inmovilizado |
= | VALOR CONTABLE DEL INMOVILIZADO o VALOR EN LIBROS |
Ejemplo
Solución
- En la fecha en que se produce la venta habremos de realizar: (sabiendo que el crédito a largo plazo debe ser valorado a coste amortizado)
500.000,00 | Bancos c/c (572) | |
500.000,00 | Amortización Acumulada Inmovilizado Intangible (280) | |
500.000,00 | Créditos a C/P por enajenación de Inmovilizado (543) | |
428.669,41 | Créditos a L/P por enajenación de Inmovilizado (253) | |
71.330,59 | Pérdidas procedentes del Inmovilizado Intangible (670) | |
Inmovilizado Intangible (20) | 2.000.000 |
- El crédito a C/P debe ser actualizado al ser menos de un año.
- El crédito a 2 años deberá ser valorado a coste amortizado de forma que: -2 Crédito L/P = 500.000 * (1 + 0,08) = 428.669,41 Euros
- Al año siguiente:
- Finalmente en el año 2, cuando se cobre el resto del importe:
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