Asiento de devolución de anticipo de proveedores por no ejecutarse la compra definitiva

Asiento de devolución de anticipo de proveedores por no ejecutarse la compra definitiva

DebeHaber
XXXBancos e instituciones de crédito c/c vista, euros (572)
Anticipos a proveedores (407)XXX
Hacienda Pública, IVA soportado (472)XXX

    Al no realizarse definitivamente la operación de compra y devolvernos (los proveedores) el anticipo que realizamos en su momento, debemos registrar el asiento contrario al que hicimos cuando adelantamos el anticipo.

    También tienen que devolvernos el IVA que entregamos; evidentemente nos devolverán la cantidad que entregamos, sin distinguir IVA ni conceptos, y seremos nosotros los que habremos de realizar el registro con el IVA aplicado.

    Hay que tener en cuenta que la contabilización del IVA se hace de forma separada sólo cuando éste es deducible, de lo contrario sería incluido dentro del importe del anticipo o del precio de compra.

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