Asiento de amortización de gastos de desarrollo
Amortización de los Gastos de Desarrollo.
De acuerdo con la Norma de Valoración 6ª del Plan General Contable Pyme los gastos de desarrollo, cuando se cumplan las condiciones indicadas para la activación de los gastos de investigación, se reconocerán en el activo y deberán amortizarse durante su vida útil, que, en principio, se presume, salvo prueba en contrario, que no es superior a cinco años; en el caso en que existan dudas razonables sobre el éxito técnico o la rentabilidad económico-comercial del proyecto, los importes registrados en el activo deberán imputarse directamente a pérdidas del ejercicio, de la forma: La norma no especifica cuándo empieza la amortización. Lo razonable sería que los gastos de desarrollo no se empezaran a amortizar hasta que no finalizase el proceso desarrollo y comenzase a comercializarse el producto.Notas Generales sobre la Amortización del Inmovilizado Intangible.
Anualmente (al menos) deberá realizar el asiento presentado inicialmente para dotar la amortización por el importe calculado en cada caso. La amortización correspondiente al ejercicio se calcula de acuerdo al método de amortización utilizado (lineal, dígitos, porcentaje constante, etc.), el cual se debe especificar en la memoria. De acuerdo con la Norma de Valoración 5ª , en la redacción dada por el RD 602/2016 y con vigencia desde 1 de enero de 2016, "los inmovilizados intangibles son activos de vida útil definida y, por lo tanto, deberán ser objeto de amortización sistemática en el periodo durante el cual se prevé, razonablemente, que los beneficios económicos inherentes al activo produzcan rendimientos para la empresa. Cuando la vida útil de estos activos no pueda estimarse de manera fiable se amortizarán en un plazo de diez años, sin perjuicio de los plazos establecidos en las normas particulares sobre el inmovilizado intangible."Tratamiento fiscal
Unos de los principales motivos que generan ajustes extracontables en el impuesto de sociedades son las amortizaciones, ya que la Administración suele incentivar fiscalmente a las empresas permitiendo diferencias en el ritmo de amortización del inmovilizado, vía aceleración de la amortización o con la libertad de aplicación de la misma.Obligación de Declarar
- Amortización Acelerada para empresas de reducida dimensión (ERDs).
- Amortización del fondo de comercio y otro inmovilizado material.
- Libertad de amortización para gastos en Investigación y Desarrollo (I + D).
- Libertad de amortización para Inmovilizados afectos a I + D.
Comentarios
Amortización en el impuesto de sociedades.Ajustes extracontables en el impuesto de sociedades.Legislación
Nuevas Tablas de amortización según Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del ISArt.12 LIS Correcciones de valor: amortizacionesArt.102 LIS Libertad de amortizaciónArt.103 LIS Amortización de elementos nuevos de inmovilizado material, intangible e inmobiliarioEn Google puedes encontrar casi cualquier cosa...
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