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Boletín nº04 27/01/2026


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El sistema deja fuera a la mayoría de autónomos que piden su prestación por cese de actividad.

Equipo de Redacción, SuperContable.com - 26/01/2026


Los trabajadores por cuenta propia atraviesan un escenario cada vez más complejo. El acceso a la prestación por cese de actividad —popularmente conocida como el paro de los autónomos— continúa siendo una asignatura pendiente del sistema de protección social. Así lo denuncia la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), que califica este mecanismo como uno de los grandes fracasos del modelo actual, después de constatar que cerca del 60% de las solicitudes presentadas ante la Seguridad Social son rechazadas.

La prestación por cese de actividad es un mecanismo diseñado para ofrecer una protección económica temporal a los autónomos que se ven obligados a cerrar su negocio por causas ajenas a su voluntad. Aunque su finalidad es equiparar parcialmente los derechos de los trabajadores por cuenta propia a los de los asalariados en situación de desempleo, su acceso está condicionado al cumplimiento de estrictos requisitos económicos, administrativos y probatorios, lo que limita de forma significativa su alcance real.

Esta elevada tasa de denegaciones pone de manifiesto la distancia existente entre la obligación de cotizar por esta contingencia, implantada en 2019, y la cobertura efectiva que reciben los autónomos cuando su actividad económica se vuelve insostenible. En la práctica, muchos trabajadores que han contribuido al sistema descubren que no cumplen los requisitos exigidos cuando más lo necesitan.

La evolución de los últimos años confirma un endurecimiento progresivo de los criterios aplicados por las mutuas colaboradoras. Aunque en 2024 se introdujeron ciertos ajustes que suavizaron parcialmente los procedimientos, las previsiones para el cierre de 2025 apuntan a un nuevo máximo de exclusión. De hecho, ocho de cada diez resoluciones negativas se apoyan en la dificultad de probar de forma técnica las causas que justifican el cese de la actividad.

El marco normativo actual, reformado a través del Real Decreto-ley 13/2022, vinculó las bases de cotización a los ingresos reales del trabajador autónomo. Pese a incorporar avances como el cese parcial temporal, la aplicación práctica de la norma exige niveles de acreditación que el propio sector considera excesivos. A diferencia de lo que ocurre con los trabajadores por cuenta ajena —para quienes el despido constituye prueba suficiente—, los autónomos deben justificar que el cierre no fue voluntario y que responde a causas económicas, técnicas, organizativas o productivas (ETOP).

Las razones económicas son el principal foco de conflicto. La legislación obliga a demostrar pérdidas superiores al 10% de los ingresos anuales, dejando fuera el primer año de actividad. Esta exigencia excluye a numerosos emprendedores cuyos proyectos fracasan antes de alcanzar los doce meses, pese a haber generado pérdidas significativas. A ello se suma la interpretación restrictiva de la administración sobre la voluntariedad del cese: cualquier indicio de decisión estratégica por parte del autónomo puede suponer la pérdida del derecho, incluso cuando el cierre se realiza para evitar un endeudamiento mayor.

La fragilidad del trabajo autónomo queda reflejada en los datos del Observatorio Económico del Trabajo Autónomo. Según sus estimaciones, uno de cada cuatro autónomos en España se encuentra en situación de pobreza, y más de 500.000 perciben rendimientos netos inferiores a los 900 euros mensuales, una cifra claramente por debajo del Salario Mínimo Interprofesional vigente.

Ante este panorama, organizaciones como UPTA y UATAE han redoblado la presión para implantar un subsidio específico para autónomos mayores de 52 años. El objetivo es dar respuesta a unos 60.000 trabajadores que, tras agotar su prestación contributiva, quedan sin ningún tipo de apoyo económico, a diferencia de lo que ocurre con los asalariados, que sí cuentan con un subsidio indefinido hasta la jubilación.

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