Boletín semanal

Boletín nº22 03/06/2025

ARTÍCULOS

Pacto de no concurrencia: cómo evitar que se convierta en un negocio perfecto para el trabajador

Pablo Belmar, Departamento Laboral de Supercontable - 29/05/2025

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Subscribir un pacto de no concurrencia con la empresa trabajando para la competencia o incluir una cláusula en el contrato que refleje un acuerdo de las partes en tal sentido puede ser una poderosa herramienta si sus empleados manejan información sensible y valiosa para otros competidores. Su incorporación, no sólo definirá las condiciones de la relación laboral cuando esté en vigor, también evitará que el trabajador revele secretos a otras empresas de la competencia si concluye el vínculo laboral.

Tenga en cuenta que debe tener un interés real y respetar las condiciones y términos del pacto de no concurrencia (habilitado por el propio Estatuto de los Trabajadores en su artículo 21) pues lo contrario puede hacerle perder el derecho a exigir las cantidades abonadas por tal concepto e implicar un enriquecimiento del empleado incumplidor a costa de los beneficios de la empresa.

Para evitar que un acontecimiento de este tipo afecte negativamente las ganancias de su empresa, en el Asesor Laboral podrá acceder a información detallada sobre este, otros muchos pactos y cláusulas contractuales y, en concreto, nuestros modelos sobre:

InformacionVamos a explicar qué debe hacer un empresario para probar que el pacto responde a un interés legal analizando la STS 336/2025, de 22 de abril, que desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina de un trabajador con la pretensión de no devolver la cantidad percibida como pacto de no concurrencia.

Para entender mejor los motivos de juicio del Alto Tribunal debemos atender a las consideraciones y valoraciones presentadas por ambas partes.

En concreto, el empleado en cuestión:

Sin embargo, la empresa consigue acreditar que:

En este caso, la empresa pudo documentar toda la información, lo que permitió acreditar que el empleado conocía y aceptaba la las condiciones de un pacto de no concurrencia que a su vez reunía todos los requisitos y cumplía con las exigencias legales.

Para finalizar:

Si se produce una reclamación del trabajador, el debate girará en torno a si la compensación por no concurrencia tiene carácter retributivo o indemnizatorio, es decir, si encubre una parte del salario o está paliando la falta de libertad que el empleado tendría en un futuro ya no ligado a la mercantil.

InformacionPara que le sean devueltas las cantidades abonadas por el pacto en caso de incumplimiento del trabajador, la empresa deberá demostrar que:

  • La retribución pactada responde a un interés comercial o industrial.
  • Tanto la retribución como la devolución por incumplimiento es justa (pues en ocasiones se estipulan indemnizaciones en contra del empleado que exceden por mucho las cantidades percibidas y el potencial perjuicio causado).
  • Ha sido mutuamente aceptada y retribuida cumpliendo las exigencias legales.