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El Gobierno alcanza con los sindicatos un acuerdo para subir a 1.221 euros brutos el Salario Mínimo Interprofesional en 2026

Equipo de Redacción, SuperContable.com - 08/01/2026 ACTUALIZADO 30/01/2026

AECA

Fuente: SuperContable


El Ministerio de Trabajo ha hecho publico, a través del secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, que se ha alcanzado un acuerdo con los sindicatos (CCOO y UGT), del que se ha descolgado finalmente la patronal (CEOE y CEPYME), para fijar el importe del Salario Mínimo Interprofesional en 2026.

Dicho acuerdo ha optado por una de las dos propuestas de incremento que había efectuado el Cómite de expertos que asesoraba al Ministerio, y que varíaban en función de si el SMI seguía estando exento de tributar al IRPF o si, por el contrario, quedaba sujeto a tributación.

De esta manera, el SMI, que en 2025 quedó situado en 1.184 euros al mes por catorce pagas, se incrementará en un 3,1% (casi 37 euros más al mes, o unos 518 euros más al año), hasta los 1.221 euros brutos al mes en 14 pagas; y queda exento de tributar en el IRPF.

Las otras propuestas planteadas eran:

  1. La de la patronal, que planteaba una subida del salario mínimo interprofesional de hasta el 1,5% (18 euros al mes), dejando el SMI en 1.202 euros brutos en 14 mensualidades, y sujeto a tributación.
  2. La de los sindicatos, que defendían un incremento del SMI del 7,5% (89 euros al mes), hasta los 1.273 euros brutos al mes por 14 pagas, también sujeto a tributación en el IRPF.
  3. La segunda propuesta de los expertos, sujeta a tributar en el impuesto de la renta, supone un ascenso del 4,7% (unos 56 euros al mes), hasta los 1.240 euros brutos al mes, también en 14 pagas.

La cifra acordada finalmente supera ligeramente el 60% del salario medio neto del país, como exige la Carta Social Europea, y también por encima de la inflación, cuya cifra media en 2025 ha sido de un 2,7%, para evitar así la pérdida de poder adquisitivo de los trabajadores afectados.

Sin embargo, y como ya hemos venido informando, la cifra de subida del SMI no era la única cuestión a debate con los agentes sociales porque el Ministerio quiere llevar a cabo otra reforma importante en la configuración tradicional del SMI que NO está exenta de polémica.

A este respecto, el Gobierno sigue estudiando una de las medidas acordada entre el Ministerio y los sindicatos, que pasa por establecer que la subida del SMI no pueda ser absorbida ni compensada por los complementos y pluses que perciba el trabajador, quedando así amortizada.

El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, ha anunciado que esta medida se va a adoptar por Real Decreto, sin necesidad de que tenga que ser aprobado por el Parlamento, y que existen fundamentos jurídicos sólidos para ello. Sin embargo, las organizaciones patronales entienden que ello vulneraría el Estatuto de Trabajadores y quebraría la negociación colectiva. En cualquier caso, su tramitación se augura compleja porque desde el Ministerio de Economía no se han mostrado muy favorables a este cambio en cuanto a la compensación y absorción de pluses.

Esta iniciativa recoge una antigua reivindicación de los sindicatos, que, con motivo de la subida del SMI de 2019, obligó incluso a que el Tribunal Supremo se pronunciase sobre esta cuestión, rechazando la postura sindical y respaldando esa posibilidad de absorción y compensación de la subida del SMI, porque, según el Tribunal Supremo, salario base y SMI no son equivalentes. De ahí que ahora se proponga esta reforma.

InformacionDesde SuperContable seguiremos informando de las novedades que se produzcan en torno a la subida del SMI para 2026, pero hasta entonces puede consultar el salario mínimo interprofesional de 2025, saber cómo se aplica la subida anual del SMI, cuáles son las consecuencias para la empresa de pagar por debajo del Salario Mínimo Interprofesional; o cómo funciona la deducción fiscal para trabajadores con rentas bajas, que compensa el importe que deberían pagar los individuos que perciben el SMI, entre otras muchas cuestiones.

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