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Boletín nº23 10/06/2025

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Cómo evitar errores en los contratos de sus trabajadores que pueden costar mucho dinero a la empresa.

Pablo Belmar, Departamento Laboral de Supercontable - 06/06/2025

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Desde la perspectiva de la empresa, para resolver los retos que plantea nuestro ecosistema laboral, es preciso no cometer errores que puedan acarrear problemas con los empleados en caso de reclamación y con posibles actuaciones de la Inspección de Trabajo.

Elegir mal el contrato a formalizar con el empleado, celebrar un contrato cuando procede otro o incluir cláusulas que puedan resultar ilegales o que nuestros tribunales hayan considerado abusivas, puede hacerle pagar un alto precio en sanciones e indemnizaciones.

Tenga en cuenta, a la hora de formalizar el contrato, la obligación de comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social los Códigos de Cuenta de Cotización conforme a los valores de la nueva CNAE-2025, así como su equivalencia con el CNAE-2009.

Vamos a repasar en qué áreas de la contratación laboral aparecen estos errores y la mejor manera de proceder para la empresa.

Conductas más habituales

1. Uso irregular del contrato temporal y a tiempo parcial

Tras la Reforma Laboral de 2022 el uso de la contratación temporal se vio fuertemente limitado; el contrato de obra o servicio desapareció y la contratación por causas eventuales se circunscribió a supuestos más específicos, limitando enormemente los casos en los que la empresa puede recurrir a la misma.

Por otro lado, es común el uso de contratos a tiempo parcial para cubrir puestos a tiempo completo, produciéndose fraudes en la jornada real de trabajo realizada por estos empleados.

2. Abuso del contrato fijo discontinuo

El fijo discontinuo, como lo conocemos a día de hoy, pasó de ser una modalidad residual a canalizar gran parte de las contrataciones que se realizaban bajo el extinto contrato de obra o servicio pero también se ha usado y se continúa usando para encubrir contrataciones que por sus características debieran ser resueltas por el contrato indefinido ordinario.

3. Encadenar irregularmente contratos de trabajo

Es una cuestión bastante común en determinados sectores y claramente irregular. Consiste en encadenar contratos temporales durante largos periodos de tiempo dejando un laxo temporal entre medias que cumpla los parámetros de la ley, en lugar de firmar un contrato indefinido cuando en la empresa se dan circunstancias que sustentan la contratación fija para el puesto o los puestos en cuestión.

4. Pactos o cláusulas ilegales o abusivas

Incluir pactos o cláusulas en los contratos (no concurrencia, permanencia, plena dedicación, distribución irregular de jornada, sobre la duración y condiciones del periodo de prueba...) que resulten abusivas o que no respectan la legalidad vigente.

Consecuencias para la empresa

La primera de las consecuencias de formalizar un contrato eventual, un contrato a tiempo parcial o un fijo discontinuo cuando procede un indefinido ordinario a jornada completa o por el encadenamiento irregular de contratos temporales es la calificación de los actos de la empresa como fraude de ley, con la consiguiente transformación del contrato en indefinido ordinario.

Además de los fraudes en la contratación temporal existen otras consecuencias muy negativas para la empresa de las que podemos destacar:

¿Cómo puedo actuar correctamente y evitar problemas?

  • Elegir la modalidad contractual correcta. Si por las características del puesto de trabajo procede la celebración de un contrato temporal será esencial cumplir con las exigencias del artículo 15 E.T. haciendo particular hincapié en justificar:
    • La causa habilitante de la contratación temporal.
    • Las circunstancias concretas que la justifican.
    • La conexión de ambas con la duración del contrato.
  • Usar correctamente el contrato fijo discontinuo. respetar los parámetros legales del artículo 16 y celebrar el contrato para la realización de trabajos de naturaleza estacional o vinculados a actividades productivas de temporada, o para el desarrollo de aquellos que no tengan dicha naturaleza pero que, siendo de prestación intermitente, tengan periodos de ejecución ciertos, determinados o indeterminados. Por ejemplo, establecer periodos de inactividad demasiado cortos o hacer coincidir el mes de vacaciones con periodo de inactividad sirven como claros indicativos para que la ITSS pueda considerar un uso fraudulento del contrato.
  • Considerar la teoría esencial del vínculo cuando se encadenen contratos de trabajo en la que se desempeñan tareas similares en la misma o distintas mercantiles relacionadas; conforme a esta teoría, se considerará una sola relación laboral la sucesión de contratas de un mismo empleado que desempeña funciones idénticas o similares.
  • Cumplir las exigencias legales o estatutarias de cada uno de los pactos o cláusulas contractuales, por ejemplo las del artículo 21 E.T. para el pacto de no concurrencia y de permanencia en la empresa.