Boletín semanal
Boletín nº20 20/05/2025

ARTÍCULOS
Deporte y Salud reducen el pago del IRPF en 2024.
Javier Gómez, Economista. Departamento de Contabilidad y Fiscalidad de SuperContable.com - 14/05/2025

Haciéndonos eco de la corriente popular de "... el deporte es salud...", para la liquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas -IRPF- del ejercicio 2024, podríamos completar este pensamiento y decir que, "... el deporte es salud...y además, para algunos contribuyentes... ahorro". En la Campaña de Renta del ejercicio 2024, en la que actualmente nos encontramos inmersos, algunas Comunidades Autónomas (CC.AA.) han establecido la posibilidad para los contribuyentes residentes en sus respectivos territorios, de deducir de la cuota autonómica del impuesto un determinado porcentaje de las cantidades destinadas a la realización de determinadas actividades deportivas y satisfacer determinados gastos de salud.
Ya para el ejercicio 2023, las Comunidades Autónomas -CC.AA.- de La Rioja y la Comunidad Valenciana, eran dos "islotes" solitarios dentro de la sensibilidad del resto de CC.AA. para la bonificación de las circunstancias personales de los contribuyentes del IRPF en materias de salud y deporte. Pues bien, para la Campaña de Renta del ejercicio 2024, estas comunidades siguen con ventaja respecto del resto de autonomías, si bien, aparecen pequeños "brotes verdes" que pueden beneficiar a residentes en otras CC.AA., pues no se han articulado deducciones u otro tipo de incentivos de carácter estatal para estos "menesteres". Buscando dar mejor detalle al lector distinguiremos:

Gastos en Actividades Deportivas.
Las principales deducciones articuladas por las distintas CC.AA. podríamos agruparlas de la forma:
COMUNIDAD AUTÓNOMA | Importe y beneficiarios | Límite Máximo | Requisitos |
LA RIOJA | Gastos para fomentar el ejercicio físico y la práctica deportiva | ||
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300 €/año prorrateando por partes iguales el derecho que corresponda a varias personas. | Condicionada a su justificación documental mediante la correspondiente factura completa u ordinaria. | |
Adquisición de bicicletas de pedaleo no asistido | |||
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50 €/vehículo y 2 vehículos por unidad familiar. | Condicionada a su justificación documental mediante la correspondiente factura. | |
COMUNIDAD VALENCIANA | Gastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludables | ||
Para actividades desarrolladas por contribuyente, su cónyuge y personas que den derecho a mínimos familiares por descendientes y ascendientes. |
150 €/año prorrateando por partes iguales el derecho que corresponda a varias personas. | Acreditar mediante factura, justificante del pago realizado mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito. La base liquidable general (500) y de la base liquidable del ahorro (510), de la declaración, no debe ser superior a:
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GALICIA | Por las ayudas y subvenciones recibidas por los deportistas de alto nivel de Galicia | ||
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El contribuyente debe integrar en su BIG, casilla [0435], el importe de la subvención o ayuda pública. | Ser una subvención u otra ayuda pública obtenida de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia o de las restantes entidades del sector público autonómico para el desarrollo de la actividad deportiva y el contribuyente tener reconocida la condición de deportista de alto nivel.
Que la actividad deportiva por la que se obtiene la subvención o ayuda pública no genere rendimientos de actividades económicas. |
En el ámbito Estatal, no existen deducciones por la realización de actividades deportivas o similares.
Al mismo tiempo, distintas CC.AA. han articulado deducciones por donativos relacionados con actividades deportivas, así:
COMUNIDAD DE MADRID | Donaciones a clubes deportivos. | 15% de las cantidades donadas a clubes deportivos elementales y básicos definidos en los artículos 29 y 30 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid; es preciso que estos clubes se encuentren inscritos en el Registro de Asociaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid. | ||
COMUNIDAD VALENCIANA | Donaciones o cesiones de uso o comodatos para otros fines deportivo no profesional. | 25% de las cuantías en que se valoren las donaciones o los préstamos de uso o comodato efectuadas a proyectos deportivos no profesionales declarados o considerados de interés social. En el caso de que el contribuyente se aplique la deducción por donativos realizados a entidades incluidas en el ámbito de la Ley 49/2002 (artículo 68.3.a) LIRPF, los primeros 150 euros del valor de la donación disfrutarán de una deducción del 20%. |
Para estas aportaciones voluntarias, en el ámbito estatal encontramos la deducción por donativos realizados a entidades incluidas en el ámbito de la Ley 49/2002 (artículo 68.3.a) LIRPF, entre las que por supuesto existen entidades de carácter deportivo o que fomentan el deporte.

Gastos de Salud.
Aunque tampoco existe deducción alguna en el ámbito estatal para los gastos satisfechos por motivos de salud ("se perdió en el recuerdo" la deducción por gastos de enfermedad que existía en el impuesto en tiempos inmemoriales), existen deducciones autonómicas relacionadas con la salud o gastos realizados por la falta de esta que, al menos, pueden ahorrarnos dinero en la factura fiscal. Así:
Recuerde:
Imputar los gastos en el apartado de deducciones autonómicas correspondiente. En ocasiones, creemos no nos resultan aplicables y nos llevamos una "agradable sorpresa".
- Por cantidades satisfechas en determinados gastos de salud (Comunidad Valenciana). Con límites similares a los de la deducción por gastos asociados a la práctica del deporte y actividades saludables de esta misma CC.AA., permite deducir (un 30% de los gastos con determinados límites) de la cuota autonómica por distintos motivos, entre los que interesa destacar, por su general aplicación, los gastos relacionados con: cristales graduados, lentes de contacto y soluciones de limpieza; atención a personas afectados por cualquier patología relacionada con la salud mental, compra de productos, servicios y tratamientos vinculados a la salud bucodental de carácter no estético, además de otros.
También permite deducir hasta 100 euros por las cantidades satisfechas para el tratamiento y cuidado de las personas afectadas por enfermedades crónicas de alta complejidad y las denominadas “raras”, al tiempo que las destinadas al tratamiento y cuidado de personas diagnosticadas de daño cerebral adquirido o de la enfermedad de alzhéimer. - Por gastos de enfermedad (Canarias y Cantabria). No aplicables a todos los contribuyentes pues también existen unos niveles máximos de renta para acceder a la deducción y tienen límites máximos establecidos en cada CC.AA., dan cobertura a gastos y honorarios profesionales abonados por la prestación de servicios sanitarios por motivo de enfermedad, salud dental, embarazo y nacimiento de hijos, accidentes e invalidez, tanto propios como de las personas que se incluyan en el mínimo familiar.
En Canarias, podrá deducirse el 12% de estos gastos, mientras en Cantabria el porcentaje deducible es de un 10%. Por gastos derivados o destinadas a enfermos de Esclerosis Lateral Amiotrófica -ELA- (La Rioja e Islas Baleares). Dan derecho a la deducción las abonadas por servicios prestados por profesionales sanitarios, tratamientos sanitarios prescritos por profesionales sanitarios y los destinados a paliar los síntomas de la enfermedad para el contribuyente, cónyuge y aquellas personas que den derecho a la aplicación del mínimo personal y familiar.
En Islas Baleares se podrá deducir el 100% de los gastos satisfechos con un límite máximo de 3.500 euros, mientras en La Rioja el porcentaje deducible es del 50% con un límite máximo de 2.000 euros.
Señalar para finalizar que, si bien existen en algunas Comunidades Autónomas deducciones para la inversiones en investigación y desarrollo que podrían estar relacionadas con el ámbito de la salud, la CC.AA. de Murcia tiene articulada una deducción por donativos para la investigación biosanitaria (50% de las donaciones dinerarias puras y simples).
