Publicado el calendario de obligaciones tributarias en 2026.
Publicado: 17/12/2025
Boletin nº 49 - Año 2025
- La Agencia Tributaria ha publicado en su sede electrónica el Calendario del contribuyente correspondiente al ejercicio 2026, esencial para saber cuándo tienes que presentar tus declaraciones tributarias.
Como cada año, la Agencia Tributaria ha publicado en su página web el Calendario General del Contribuyente, en este caso el correspondiente al ejercicio 2026, en el que se detalla con exactitud la fecha en que deben realizarse las diferentes obligaciones tributarias.
Como novedades significativa para el año 2026 encontramos las siguientes:
El modelo 170 pasa a ser de carácter mensual en lugar de anual (se realizará durante el mes natural siguiente al que se refiera la declaración) y en él se identificarán también los pagos asociados a números de teléfono móvil (bizum) realizadas por empresarios o profesionales, además de los cobros por cualquier tipo de tarjeta como ocurría hasta 2026.
Se crea una nueva obligación informativa para las entidades financieras sobre todo tipo de tarjetas a través del nuevo modelo 174, de periodicidad anual, que se presentará por primera vez en el mes de enero de 2027 para las declaraciones relativas al ejercicio 2026.
El modelo 185, que ahora se denomina “Declaración informativa mensual de cotizaciones de afiliados y mutualistas” (antes era “Declaración informativa mensual de cotizaciones de la Seguridad Social y Mutualidades”), se presentará por vía electrónica para las declaraciones del ejercicio 2026 en los 10 días naturales siguientes al mes al que se refiera la información (antes no permitía la realización de trámites por vía electrónica).
El modelo 196 pasa a ser de carácter mensual en lugar de anual (se realizará durante el mes natural siguiente al que se refiera la declaración) e integrará la información de no residentes del modelo 291, que desaparece en 2026.
El nuevo Impuesto Complementario ha supuesto la aprobación de los modelos 240, 241 y 242. La autoliquidación (modelo 242) debe presentarse en los 25 días naturales siguientes al decimoquinto mes posterior a la conclusión del período impositivo (la primera vez se presentará del 1 al 27 de julio de 2026); la declaración informativa (modelo 241) se presentará hasta el último día del decimoquinto mes posterior a la conclusión del periodo impositivo, y en los últimos tres meses de este plazo debe presentarse la comunicación de la entidad declarante (modelo 240), pero para los periodos impositivos finalizados antes del 31 de marzo de 2025 el plazo de estos dos modelos será dentro de los dos meses previos al 30 de junio de 2026.
El nuevo modelo 319, Pago a cuenta del IVA correspondiente a las entregas de gasolinas, gasóleos y biocarburantes posteriores a la ultimación del régimen de depósito distinto del aduanero, se presentará previamente a la extracción de los productos del depósito fiscal cuyo importe será deducible en los modelos 303 y 322 del mismo periodo.
En el resto de modelos las fechas de presentación son las mismas que en los ejercicios precedentes, teniendo en cuenta que si el vencimiento cae en sábado o en domingo o coincide con una festividad local, autonómica o estatal, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente al señalado con carácter general, excepto para el modelo 369 (cuyo plazo de presentación siempre será el último día del mes).
Asimismo, en caso de autoliquidaciones con domiciliación bancaria el plazo de presentación se va a adelantar cinco días al de presentación de cada modelo tributario (el 15 si finaliza el 20), de tal modo que si el vencimiento del plazo de presentación coincide con un día inhábil, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente y el plazo de domiciliación bancaria se ampliará el mismo número de días que resulte ampliado el plazo de presentación de dicha declaración.
Realizada esta apreciación, como FECHAS IMPORTANTES para el año 2026 podemos indicar las siguientes:
El 30 de enero de 2026 termina el plazo para presentar los modelos 130, 131 y 303 correspondientes al cuarto trimestre de 2025, así como el modelo 390 de resumen anual del IVA de 2025, mientras que el resto de resúmenes anuales correspondientes al 2025 tienen de plazo hasta el 2 de febrero.
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El plazo de presentación del modelo 347 de declaración de operaciones con terceras personas correspondiente al ejercicio 2025 es del 1 de febrero al 2 de marzo de 2026.
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El 8 de abril de 2026 se inicia el plazo de presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2025. A partir del 6 de mayo la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de la Renta 2025 por teléfono y a partir del 1 de junio presencialmente en sus oficinas (la solicitud de cita previa empieza el 29 de mayo) y en cualquier caso, hasta el 30 de junio de 2026 o hasta el 25 de junio con resultado a ingresar con domiciliación bancaria.
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El plazo de presentación del modelo 200 de declaración del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio 2025 es del 1 al 27 de julio de 2026.
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