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Boletín nº45 25/11/2025
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¡Alerta! El Supremo impone pagar lo mismo a trabajadores subcontratados y a los de la empresa principal.
Pablo Belmar, Departamento Laboral de Supercontable - 20/11/2025
El Tribunal Supremo acaba de dar a conocer una sentencia clave en la externalización de servicios en España.
A partir de ahora, las empresas que subcontraten servicios (limpieza, mantenimiento, seguridad...) deberán garantizar que los trabajadores de las contratas reciban las mismas condiciones salariales que los empleados de la empresa principal, siempre y cuando exista previsión en el convenio colectivo del sector que regule a esos trabajadores.
¿Quiere saber cómo no incumplir ninguna de las obligaciones de igualdad salarial? Puede consultar:
¿Cómo puede cambiar la externalización de servicios de su empresa?
La sentencia de 18 de octubre de 2025, fruto de un conflicto promovido por el sindicato UGT frente a Partnerwork Solution pone fin a la posibilidad de que los trabajadores externalizados reciban salarios y beneficios inferiores a los de sus homólogos internos, incluso si realizaban trabajos idénticos o similares. Ahora, estas empresas deberán asegurarse de que los salarios y las condiciones laborales sean los mismos para todos los trabajadores, sin importar su vinculación directa con la empresa principal.
Las implicaciones económicas y operativas pueden ser profundas, especialmente para empresas que han utilizado la externalización como una vía para reducir costes laborales. Sectores como la logística, limpieza, mantenimiento o la seguridad están entre los más afectados.
Por ejemplo, en el sector logístico, la diferencia salarial entre los empleados directos de una empresa y los trabajadores de las empresas subcontratadas podía ser de hasta 7.000 euros anuales por trabajador. La nueva sentencia supone un ajuste significativo para las empresas que han utilizado esta diferencia salarial como un factor para optimizar sus costes.
Para las empresas que externalizan tareas, el fallo del Tribunal Supremo representa un reto inmediato, pues deberán revisar sus acuerdos con proveedores de servicios subcontratados, asegurando que las condiciones salariales sean idénticas a las de sus propios empleados.
¿A qué tipo de trabajadores puede afectar?
- Servicios de limpieza: Empresas que externalizan la limpieza de sus oficinas, fábricas o centros comerciales deberán igualar las condiciones salariales entre los trabajadores subcontratados y sus propios empleados, siempre que el convenio colectivo del sector de limpieza lo contemple. Esto podría generar un ajuste significativo en los costes operativos.
- Mantenimiento y reparación: En sectores como el de la manufactura o la gestión de grandes infraestructuras, las empresas que subcontratan el mantenimiento de maquinaria o instalaciones deberán cumplir con los mismos estándares salariales que los empleados directos, según lo estipulado en el convenio colectivo aplicable al sector.
- Seguridad: Muchas empresas, especialmente en sectores sensibles, externalizan servicios de seguridad. Esta sentencia implica que los vigilantes subcontratados recibirán los mismos salarios y beneficios que los trabajadores internos, siempre que el convenio colectivo correspondiente lo contemple.
Qué pueden hacer las las empresas para adaptarse
Las empresas que dependen de la externalización de servicios deberán adaptarse rápidamente a este nuevo criterio judicial. Además, se pone de relieve la creciente presión sobre las empresas para garantizar condiciones laborales justas. Con todo esto, más allá del evidente incremento de costes, la medida supone una oportunidad para mejorar la cohesión laboral y la equidad entre todos los trabajadores, independientemente de su modalidad de contratación.
Por otro lado, debemos subrayar las consecuencias del incumplimiento relacionado con discriminación salarial podría implicar, dependiendo del grado de la infracción, cuantiosas sanciones:
| Grado mínimo | Grado medio | Grado máximo | |
| Infracciones muy graves | De 7.501 a 30.000 € | De 30.001 a 120.005 € | De 120.006 a 225.018 € |
En definitiva, el Tribunal Supremo ha dado un paso importante en la defensa de los derechos laborales, pero también ha planteado un reto significativo para las empresas que deben revisar y ajustar sus prácticas de externalización. Aquellas que gestionen servicios subcontratados deberán revisar sus contratos y políticas salariales, adaptándose a esta nueva realidad para evitar sanciones y asegurar el cumplimiento de la ley.
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