¡Última hora!: Reducidos los índices de rendimiento en Módulos para el IRPF de 2021 en actividades agrícolas y ganaderas.

Publicado: 10/05/2022

Boletin nº 20 - Año 2022


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¡CUIDADO! Aquellos contribuyentes que realicen actividades económicas en estimación objetiva "Módulos" y ya hayan presentado su declaración de la renta puede que tengan que rectificarla; normalmente asesores y consultores conocedores de la forma de actuar de la Administración tributaria suelen ser pacientes para presentar las declaraciones de sus clientes con el perfil referido pues, este año, como ha ocurrido en otros, se acaba de publicar en el Boletín Oficial del Estado -BOE- la Orden HFP/413/2022, de 10 de mayo, por la que se reducen para el período impositivo 2021 los índices de rendimiento neto y se modifican los índices correctores por piensos adquiridos a terceros y por cultivos en tierras de regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.

En esta Orden HFP/413/2022 encontramos que se han reducido los índices de rendimiento neto aplicables en 2021 a las actividades agrícolas y ganaderas desarrolladas en distintos ámbitos territoriales de nuestro país por lo que sugerimos un estudio detallado de los distintos ámbitos geográficos relacionados en la misma y las actividades que han visto reducidos sus índices.

Consejo

Estudie en detalle, en la Orden HFP/413/2022, el ámbito territorial y la actividad que han visto reducido el índice de rendimiento neto aplicable y consecuentemente supondrá una menor tributación en la declaración de la renta del ejercicio 2021; si su declaración ya esta presentada y no ha tenido en cuenta estas reducciones, rectifíquela.

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No obstante lo anterior, a modo de avance, con el objetivo de incentivar el estudio de la Orden HFP/413/2022 por todos aquellos contribuyentes del IRPF que hayan realizado actividades agrícolas y ganaderas en régimen de estimación objetiva durante el ejercicio 2021, adelantamos algunos de los índices de rendimiento que han sido reducidos:

Ámbito Territorial Actividad Índice de Rendimiento Neto
Todos los términos municipales (excepto los que se detallen específicamente con un índice inferior) Apicultura 0,13
Avicultura 0,09
Bovino de carne 0,09
Bovino de cría 0,18
Bovino de leche 0,14
Cunicultura 0,09
Equino 0,22
Porcino de carne 0,09
Porcino de cría 0,18
Ovino y caprino de carne 0,09
Ovino y caprino de leche 0,18
Uva para vino con D.O. 0,22
Uva para vino sin D.O. 0,18
Concepto Naturaleza del Índice Corrector Índice Corrector Rendimiento Neto por Módulos
Cuando en las actividades ganaderas se alimente el ganado con piensos y otros productos para la alimentación adquiridos a terceros que representen más del 50% del importe de los consumidos. Piensos adquiridos a terceros Se reduce de 0,75 a 0,50.
Cuando los cultivos se realicen, en todo o en parte, en tierras de regadío, siempre que el contribuyente, o la comunidad de regantes en la que participe, estén inscritos en el registro territorial correspondiente a la oficina gestora de impuestos especiales a que se refiere el artículo 102.2 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales. Cultivos en tierras de regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica Se reduce de 0,80 a 0,75.

Además de los índices señalados, insistimos nuevamente, verifique su Comunidad Autónoma, Provincia, Término municipal y actividad agrícola y ganadera desarrollada para comprobar si han sido reducidos los índices de rendimiento neto fijados inicialmente en la Orden HAC/1155/2020, de 25 de noviembre, por la que se desarrollan, para el año 2021, el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.

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