Beneficiarios de la prestación por maternidad (nacimiento y cuidado de menor) con subsidio contributivo.

BENEFICIARIOS DE LA PRESTACIÓN POR MATERNIDAD (Nacimiento y cuidado de menor). SUBSIDIO CONTRIBUTIVO.


    Serán beneficiarios las personas trabajadoras por cuenta ajena o propia, incluidos los trabajadores contratados para la formación y a tiempo parcial, cualquiera que fuera su sexo, que disfruten de los períodos de descanso por nacimiento, la adopción, la guarda con fines de adopción y el acogimiento familiar legalmente establecidos en el artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores, siempre que acrediten los requisitos exigidos.

    Cuando el período de descanso sea disfrutado, simultánea o sucesivamente, por los dos progenitores, adoptantes o acogedores, ambos tendrán la condición de beneficiarios, siempre que reúnan de forma independiente los requisitos exigidos.

Comentarios



Beneficiarios de prestación de maternidad no contributiva
Deducción por maternidad en parejas de hecho donde el padre tributa con el hijo de forma conjunta.
Exención en la tributación por IRPF de las prestaciones por Maternidad

Legislación



Art. 48 E.T. RD-Legis 2/2015. Suspensión con reserva de puesto de trabajo.

Art. 178 RDL 8/2015 TRLGSS. Beneficiarias
Art. 181 RDL 8/2015 TRLGSS. Beneficiarias en supuestos especiales
Art. 3 RD 295/2009 Beneficiarios

Jurisprudencia



Sentencia nº 1462/2018 del Tribunal Supremo. Exención de la prestación por maternidad

Siguiente: Prestación Económica por maternidad no contributiva. Cálculo y cuantía de la prestación.

Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.

Comparte sólo esta página:

Síguenos