Casillas 46 y 52 modelo 202 del pago fraccionado del IS.

202 CASILLAS 46 y 52. MODELO 202. PAGO FRACCIONADO IS.



    Consignar el importe de la minoración que se haga de la base imponible consecuencia de la dotación de la reserva de nivelación.

    Recordemos que esta reserva es incentivo fiscal aplicable a las entidades de reducida dimensión. En este sentido, en las correcciones al resultado contable no está incluida la cantidad correspondiente a la reserva de nivelación. Tras éstas, se obtiene una base imponible previa, sobre la que se aplicaría la compensación de bases imponibles negativas, obteniéndose la base imponible, sobre la que, en su caso, se aplicaría la reserva de nivelación, que ha de tenerse en cuenta a efectos de los pagos fraccionados, tal y como señala el apartado 5 del artículo 105 de la LIS y la cual minorará esa base imponible (en este caso). Así y siempre que se cumplan los requisitos previstos en el artículo 105, se podrá minorar la base imponible positiva (siempre que no supere el importe de 1 millón de euros) en hasta el 10 por ciento de su importe. En este caso, deberá de dotarse una reserva con cargo a los resultados positivos del ejercicio por el importe de dicha minoración.

Casilla 46 y 52

    Esta casilla es la misma y tiene la misma función que la casilla 52 de la página 2 de esta modelo 202.



Comentarios



Modalidad del artículo 40.3. Pagos fraccionados del IS.
Reserva de nivelación de bases imponibles.

Legislación



Artículo 40 ley 27/2014 del IS. El pago fraccionado.
Artículo 105 ley 27/2014 del IS. Reserva de nivelación de bases imponibles.

Jurisprudencia



- Consulta de la DGT nº V0113/2015. Compensación de BI negativas en pagos fraccionados.






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