Deducción por arrendamiento de vivienda habitual. Deducciones Autonómicas del IRPF. Baleares.

Por arrendamiento de la vivienda habitual a favor de determinados colectivos. Baleares 2023



IMPORTANTE: Esta deducción sólo será aplicable por los contribuyentes que hayan fallecido antes del 26 de noviembre de 2023. Para el resto será de aplicación la deducción por arrendamiento de vivienda habitual en el territorio de Baleares


Los contribuyentes de los siguientes colectivos podrán deducir el 15 por 100 de los importes satisfechos en el período impositivo, con un máximo de 440 euros anuales por el arrendamiento de la vivienda habitual

REQUISITOS PARA LA DEDUCCIÓN



  1. Los contribuyentes menores de 36 años.

  2. Contribuyentes con un grado de discapacidad física o sensorial igual o superior al 65 por 100.

  3. Contribuyentes con un grado de discapacidad psíquica igual o superior al 33 por 100.

  4. El padre o los padres que convivan con el hijo o los hijos sometidos a la patria potestad y que integren una familia numerosa.

  5. El padre o los padres que convivan con el hijo o los hijos sometidos a la patria potestad y que integren una familia monoparental con dos o más hijos.

  6. Que se trate del arrendamiento de la vivienda habitual del contribuyente, ocupada efectivamente por este, y que la duración del contrato de arrendamiento sea igual o superior a un año.

  7. Que haya constituido el depósito de la fianza a favor del Instituto Balear de la Vivienda.

  8. Que, al menos la mitad del período impositivo, ni el contribuyente ni ninguno de los miembros de su unidad familiar sean titulares, del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute, de otra vivienda distante a menos de 70 kilómetros de la vivienda arrendada, excepto en los casos en que la otra vivienda se encuentre ubicada fuera de las Illes Balears o en otra isla.

  9. La suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro del contribuyente NO supere el importe de 52.800 Euros en el caso de tributación conjunta y de 33.000 Euros en el de tributación individual. En el caso de tributación conjunta, solo podrán beneficiarse de esta deducción los contribuyentes integrados en la unidad familiar que cumplan las condiciones establecidas y por el importe de las cuantías efectivamente satisfechas por estos.

    Debido a las modificaciones sufridas en la legislación de esta deducción en 2022, se consideran los siguientes importes en función de la fecha de fallecimiento, en su caso, del contributente:

    1. Para contribuyentes fallecidos entre el 1 de enero y el 30 de marzo de 2022, la suma de las bases imponibles general y del ahorro (casillas 0435 y 0460) no podra superar la cantidad de 20.000 euros en tributacion individual, ni de 26.000 euros en tributacion individual, para los integrantes de una familia numerosa.

    2. Para contribuyentes fallecidos entre el 31 de marzo y el 30 de diciembre de 2022, la suma de las bases imponibles general y del ahorro (casillas 0435 y 0460) no podra superar la cantidad de 22.000 euros en tributacion individual, ni de 28.600 euros en tributacion individual, para los integrantes de una familia numerosa.


Que el contribuyente NO tenga derecho en el mismo período impositivo a ninguna deducción por inversión en vivienda habitual, aunque no la aplique. Esta deducción SÍ es compatible con la deducción "Por determinadas inversiones de mejora de la sostenibilidad de la vivienda habitual". A tener en cuenta, que para los contribuyentes que hayan fallecido antes del 31 de diciembre de 2022, el importe máximo será de 400 euros.


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