Normativa
Ley 9/1998, de 22 de diciembre, de cooperativas de Aragón
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.

Redacción válida hasta 30-08-14, según Ley 2/2014.
Esta Ley entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón», sin perjuicio de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Así lo dispongo a los efectos del artículo 9.1 de la Constitución y los correspondiente del Estatuto de Autonomía de Aragón.
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